Comunicado. Coalición de Centro Democrático

Coalición de Centro Democrático (CCD) siempre se ha manifestado como una formación política con una fuerte vocación europeísta, y la defensa de una cada vez mayor integración de España y resto de Estados Miembros en el proyecto europeo.

Ello supone la paulatina pérdida de parcelas de soberanía en favor de las facultades del conjunto y la necesaria convergencia de los ordenamientos jurídicos nacionales.

No puede sostenerse en un proyecto europeo común, que el Parlamento Europeo con el voto favorable de populares, socialistas, liberales de “Renew Europe”, conservadores y reformistas  (entre los que entran tanto Vox como los independentistas flamencos N-VA defensores de Puigdemont)    levante la inmunidad de los eurodiputados Puigdemont, Comin y Ponsatí, y penda sobre tal decisión el criterio de la justicia belga favorable a la no extradición como ya demostró con el  exconseller Lluís Puig, imponiendo con ello una decisión renuente por encima del cumplimiento de la euroorden.

España ha acoplado su reclamación a supuestos delictivos de equivalencia legislativa, sujetando su comportamiento a lo dispuesto en la Decisión Marco del Consejo, de 13 de junio de 2002 abandonando la imputación del delito de rebelión, lo que deja sin argumentos jurídicos a la justicia belga para rechazar la puesta a disposición de las autoridades españolas a los tres líderes políticos.

Están en  juego los mismos cimientos de la Unión.

La normativa común europea alcanza a todos por igual,  y tiene preferencia jerárquica. Un tribunal nacional no puede resolver en contra del Derecho de la Unión, ni ampararse en una falaz interpretación de la condición de delito político del supuesto sometido a su jurisdicción, para eludir la aplicación de aquel burlando la competencia de la legislación europea a fin de  no aplicarla.

La decisión, que acabará recayendo sobre la mesa del TJUE, tendrá que valorar por encima de todo si los privilegios e inmunidades que protegen a los actores políticos, pueden extenderse a la salvaguarda de la comisión de delitos comunes, y sobre todo si los tribunales nacionales como titulares del ejercicio del poder judicial en países sobradamente reconocidos como protectores y respetuosos con el Estado de Derecho, pueden ser discutidos por los órganos judiciales de otra nación, en una demarcación territorial en la que ha sido adoptada la presunción de validez y adecuación a derecho de las resoluciones de todos los órganos judiciales de los Estados Miembros de la Unión Europea.